1. Cumplir y hacer cumplir normativa DE MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE" en todo el Sistema de salud.
2. Supervisar y controlar el ejercicio y la práctica de la hemoterapia velando por la eficiencia, calidad en la producción y
prestación de servicios para el buen funcionamiento de la Red Departamental de Servicios de Sangre.
3. Orientar el ejercicio y la práctica de la hemoterapia en la elaboración de protocolos y programas de
educación para el desarrollo de la Red Departamental de Servicios de Sangre.
4. Apoyar con criterios técnicos del Área a las instancias pertinentes
5. Evaluar las acciones de Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión para reconocer y certificar así como acreditar la calidad
de atención y prestación de servicios de los Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión.
6. Reglamentar las acciones de Medicina Transfusional, Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión
y registrar para conceder la autorización de instalación y funcionamiento de los servicios
7. Acompañar al Área de Control de Servicios de Salud en las inspecciones de apertura de clínicas y establecimientos que incluyan servicios de medicina transfusional
8. Implantar, operar y evaluar el Subsistema de Información de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, así como la hemovigilancia
9. Organizar cursos -talleres de capacitación al personal a nivel departamental sobre medicina Transfusional y temas relacionados.
10. Elaborar propuestas de mejoramiento de sistema de gestión de calidad de la Red Departamental de Servicios de Sangre
11. Elaborar el POA del Área y SEGUIPOAS de forma mensual, trimestral e informes requeridos por la Jefatura de Unidad.
12. Realizar otras funciones que asigne su inmediato superior, acorde a la naturaleza del Área